miércoles, 14 de octubre de 2026

Caso de estudio: PEMEX y Terceros

Caso: 

¿Cuál sería el procedimiento para construir un gasoducto financiado por un tercero y cómo pagarlo?

Respuesta:

Esquema: Contrato de Obra o Servicios Desarrollados y Financiados por Terceros

Actividad: Logística: Recibo y transporte de gas

1. Fundamento

LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, PETRÓLEOS MEXICANOS
Artículo 11.- Petróleos Mexicanos y sus empresas filiales pueden celebrar contratos con particulares o esquemas para desarrollo mixto, incluyendo modalidades que les permitan asociarse o compartir costos, gastos, inversiones, riesgos y demás aspectos de las actividades de las que sean titulares, conforme a lo dispuesto en la Ley del Sector Hidrocarburos y en las disposiciones que al efecto emita su Consejo de Administración.

2. Elaboración del expediente

    • Proyecto: Numeral III.2.6 Actividades logísticas de recibo y transporte: especificaciones técnicas de la infraestructura, ubicación y sinergias con instalaciones logísticas complementarias, permisos, capacidades de transporte, mecanismos de medición y programas de mantenimiento.
    • Contrato: El Grupo de Análisis Técnico Económico (GATE) elabora el Documento Soporte de la Decisión, el cual contiene los requerimientos técnicos, económicos y financieros para la implementación de un contrato (II.2.1)
    • Evaluación económica: El modelo económico financiero lo elabora la DPCDS (III.3.1–III.3.2) usando preferentemente flujos de caja descontados (III.3.3) e incluyendo escenarios operativos de transporte y comercialización (III.3.5.2.h).
    • Todo contrato debe ser aprobado por el CAPEMEX (II.1.1).

3. El pago

Con la leche se paga la vaca
    • III.5.1.1: el pago a la Prestadora de Servicios está sujeto a la existencia de Flujo de Efectivo Disponible (FED).
    • III.5.1.2: El FED se calcula con el ingreso equivalente al valor comercial de la producción o tarifa, deducidos impuestos aplicables y los Costos Irreductibles.
    • III.5.1.3: la distribución del FED entre Pemex y el tercero se determina por la relación riesgo-rentabilidad.
    • III.5.2: si el pago no es un porcentaje de FED, puede pactarse otra forma en el Documento Soporte de la Decisión.
    • III.5.4: el pago puede ser en efectivo con los ingresos de comercialización de los productos o, en especie, con los productos que se generen.
    • III.5: pueden considerar Mecanismos de Pago tales como fideicomisos, vehículos de propósito específico y cuentas segregadas.

4. Adjudicación y seguimiento

    • IV: Concurso abierto, invitación restringida, competitivo o adjudicación directa.
    • V:  El Área Responsable, remitirlo a la DPCDS y al Comité de Estrategia e Inversiones y al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras.