
Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con:
- eficiencia,
- eficacia,
- economía,
- transparencia,
- honradez,
para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.


