jueves, 12 de febrero de 2026

Bases para la desincorporación por fusión

Emisión: 27/02/2025.

Bases emitidas por SADER.

Quinta. SADER, como coordinadora del sector, dirigirá el proceso de desincorporación.

Sexta. Qué hacer:

    • Apegarse al Plan Estratégico aprobado por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación.
    • SAM/DICON deberán presentar balance inicial de fusión e inventario.
    • ¿Quién es el Consejo de Administración de la Entidad Fusionada?
    • Las Entidades harán constar en acta la entrega-recepción cualquier asunto jurisdiccional a fin de que DICON otorgue la debida atención.
    • DICON informará mensualmente a SHCP, SCBG y SADER sobre el estado que guarde el proceso.

Séptima. Patrón sustituto.

Octava. Desaparición del OIC de SAM (creo que no hubo).

Novena. Actualización en los registros públicos de los instrumentos jurídicos.

Décima. Todo sigue vigente hasta que deje de estar vigente.

Décima primera. 24 meses como plazo para concluir el proceso, es decir, hasta el 14 de enero de 2027.

Décima segunda. Reporte trimestral a SADER.

Décima tercera. Expedir nuevo estatuto orgánico de DICON.

Décima cuarta. 30 días para dar de baja a SAM de:

    • las claves programático-presupuestales.
    • del Catálogo de Ramos, Dependencias y Entidades de la APF.
    • de la Relación de Entidades Paraestatales de la APF.
    • del Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE).

Décima quinta: Elaborar la memoria documental del proceso de desincorporación por fusión.