
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Emitida: 2012.Última reforma: 2025 (también reforma al Art. 400 Bis del CPF).
Objetivo principal:
Proteger el sistema financiero y la economía nacional evitando que se usen recursos de origen ilícito (como dinero del narcotráfico, corrupción, secuestro, etc.). Para ello, establece medidas de prevención, detección y reporte de operaciones sospechosas.
Quiénes:
Personas que realicen Actividades Vulnerables (notarios, corredores, inmobiliarias, joyerías, etc.) (capítulo III).
- Identificar y verificar a clientes/usuarios (con documentos oficiales).
- Reportar operaciones sospechosas a la SHCP en 24 horas.
- Presentar avisos mensuales (antes del 17 del mes siguiente).
- Conservar registros por 10 años (información de clientes, operaciones, etc.).
- Designar un Representante de Cumplimiento.
- Capacitar al personal anualmente en prevención de lavado de dinero.
- Elaborar un Manual de Políticas Internas (para detectar riesgos).
Entidades financieras (bancos, aseguradoras, casas de bolsa, etc.) (capítulo III)
- Cumplir con lo anterior más las obligaciones específicas de su sector
Autoridades (SHCP, FGR, Guardia Nacional, etc.) (capítulo II).
- Recibir y analizar avisos.
- Investigar operaciones sospechosas.
- Sancionar incumplimientos.
- Coordinarse con autoridades nacionales e internacionales.
Operaciones vulnerables:
Actividades que deben reportarse si superan ciertos montos (capítulo III, sección 2):
Actividad Vulnerable Umbral de aviso Monto (2026) Juegos y sorteos 645 UMA 70,000 Tarjetas de crédito/débito 1,285 UMA 140,000 Préstamos o créditos 1,605 UMA 174,000 Inmuebles (compra/venta, desarrollo) 8,025 UMA 871,000 Joyería, relojes, metales preciosos 1,605 UMA 174,000 Vehículos (nuevos/usados) 6,420 UMA 700,000 Obras de arte 4,815 UMA 522,000 Servicios de blindaje 4,815 UMA 522,000 Donativos a A.C. 3,210 UMA 348,000 Activos virtuales (criptos) 210 UMA 22,800
Avisos a la SHCP (capítulo III, sección 3):
- La operación supera los umbrales de la tabla anterior.
- Hay sospecha de que los recursos son ilícitos (aunque no se supere el umbral).
- Se detectan patrones inusuales (movimientos frecuentes justo debajo del umbral).
- El cliente es una Persona Políticamente Expuesta (PEP).
No se puede pagar en efectivo ni en metales preciosos (capítulo IV):
- Compra/venta de inmuebles por $871,000 MXN o más.
- Compra/venta de vehículos por $700,000 MXN o más.
- Compra de joyas o relojes por $174,000 MXN o más.
Plazos:
- Operaciones normales: Antes del 17 del mes siguiente.
- Operaciones sospechosas: En 24 horas.
Dónde y cómo se reporta:
- Plataforma de la SHCP: Portal de Avisos.
- Formato oficial: La SHCP publica los formatos en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Del beneficiario controlador (capítulo IV Bis) y las visitas de verificación (capítulo V):
- No se puede ocultar información a la SHCP o proporcionar datos falsos.
De las sanciones (capítulo VII):
Infracción Multa (UMA) Ejemplo (2026) No presentar a tiempo 200 a 2 mil $21,700 a $217,000 Omitir avisos 2 mil a 10 mil $217,000 a $1,085,000 Participar en operaciones prohibidas 10 mil a 65 mil Hasta $7,050,000
De los delitos (capítulo VIII).


