domingo, 8 de febrero de 2026

LFPIORPI

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Emitida: 2012.
Última reforma: 2025 (también reforma al Art. 400 Bis del CPF).

Objeto:

Proteger el sistema financiero y la economía nacional evitando que se usen recursos de procedencia ilícita (como dinero del narcotráfico, corrupción, secuestro, etc.). Para ello, establece medidas de prevención, detección y reporte de operaciones sospechosas. (Art. 2).

Quiénes:

SHCP (Art. 6):
  • Recibir y analizar avisos.
  • Requerir información.
  • Presentar denuncias.
  • Emitir reglas.
  • Investigar operaciones sospechosas.
  • Sancionar incumplimientos.
  • Coordinarse con autoridades nacionales e internacionales.
FGR (Art. 7-8):

  • Requerir información.
  • Establecer criterios.
  • Conducir investigaciones.
  • Emitir dictámenes y peritajes.

Entidades financieras (bancos, aseguradoras, casas de bolsa, etc.) (Art. 15):

  • Prevenir y detectar operaciones vulnerables.
  • Entregar reportes sobre operaciones vulnerables. 
  • Conservar la información por 10 años. 
Supervisores (Art. 16):
  • CNBV.
  • CNSF. 
  • CONSAR. 

Personas que realicen Actividades Vulnerables (notarios, corredores, inmobiliarias, joyerías, etc.) (Art. 18):

  • Identificar y verificar a clientes/usuarios (con documentos oficiales).
  • Reportar operaciones sospechosas a la SHCP en 24 horas.
  • Presentar avisos mensuales (antes del 17 del mes siguiente).
  • Conservar registros por 10 años (información de clientes, operaciones, etc.).
  • Realizar alta y registro en el padrón. 
  • Designar un Representante Encargado de Cumplimiento.
  • Capacitar al personal anualmente en prevención de lavado de dinero.
  • Elaborar un Manual de Políticas Internas con enfoque basado en riesgos.

Actividades vulnerables:

Actividades que deben reportarse si superan ciertos montos (Art. 17):

Actividad Vulnerable Umbral de aviso  Monto (2026)
Juegos y sorteos 645 UMA 70,000
Tarjetas de crédito/débito, cheques 1,285 UMA140,000
Préstamos o créditos 1,605 UMA174,000
Inmuebles (compra/venta, desarrollo) 8,025 UMA871,000
Joyería, relojes, metales preciosos 1,605 UMA174,000
Vehículos (nuevos/usados) 6,420 UMA700,000
Obras de arte 4,815 UMA522,000
Servicios de blindaje 4,815 UMA522,000
Donativos a A.C. 3,210 UMA348,000
Activos virtuales (criptos) 210 UMA22,800

Avisos a la SHCP:

  1. La operación supera los umbrales de la tabla anterior.
  2. Hay sospecha de que los recursos son ilícitos (aunque no se supere el umbral).
  3. Se detectan patrones inusuales (movimientos frecuentes justo debajo del umbral).
  4. El cliente es una Persona Políticamente Expuesta (PEP).

Plazos (Art. 23):

  • Operaciones normales: Antes del 17 del mes siguiente.
  • Operaciones sospechosas: En 24 horas.
Dónde y cómo se reporta (Art. 24):
  • Plataforma de la SHCP: Portal de Avisos.
  • Formato oficial: La SHCP publica los formatos en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

No se puede pagar en efectivo ni en metales preciosos (Art. 32):

  • Las Actividades vulnerables de la lista en los montos indicados.
Del beneficiario controlador (Art. 33 a bb Quáter):
  • Clara determinación de quien ejerce el beneficio de goce, uso y disfrute de los bienes y servicios derivados de una actividad vulnerable y ejerza el control efectivo de la empresa que las realice.
De las visitas de verificación (Art. 34-37):

  • La SHCP puede realizar visitas, solicitar información y auxiliarse de la fuerza pública. No se puede ocultar información a la SHCP o proporcionar datos falsos.

De las sanciones (Art. 52-54):

Infracción       Multa (UMA) Ejemplo (2026)
No presentar a tiempo 200 a 2 mil$21,700 a $217,000
Omitir avisos         Hasta 10 mil        Hasta $1,085,000
Participar en operaciones prohibidas Hasta 65 mil Hasta $7,050,000

De los delitos (Art. 62-64):

  1. Presentar información falsa (2 a 8 años de cárcel).
  2. Modificar o altere información (2 a 8 años de cárcel).
  3. Proporcionar documentos ilegibles (2 a 8 años de cárcel).
  4. Utilizar la información de manera indebida (4 a 10 años de cárcel + inhabilitación).
  5. Revelar o divulgar información (4 a 10 años de cárcel + inhabilitación).