viernes, 13 de febrero de 2026

Modificaciones al Estatuto SAM

Emitido por la DG el 17/10/2025.

Tercero. Objetivo común de SAM y APB: Autosuficiencia alimentaria. SAM cuidará que no falten a APB elementos para el abasto.

Séptimo. Un solo cuerpo directivo para SAM y APB.

Décimo quinto. La DG coordinará la interacción SAM-APB para lograr la mayor eficiencia.

Décimo sexto. Dirección comercial.

Décimo séptimo. Dirección de precios de garantía y estímulos.

Décimo octavo. UAF. 

  • Control, manejo y registro de los recursos financieros de SAM y APB.

Décimo noveno. Dirección jurídica.

Vigésimo. Dirección de Planeación, Evaluación y Proyectos.

Vigésimo primero. Dirección de operaciones.

 

TRANSITORIOS

Segundo. Las personas servidoras públicas de mandos medios y superiores de APB ejercerán las atribuciones y funciones conforme a su nombramiento previo en SAM.

Cuarto. Lo no modificado continúa vigente.

Quinto. La DG tendrá amplias facultades en la interpretación y cumplimiento del presente estatuto.