
Emitido por la DG el 17/10/2025.
Tercero. Objetivo común de SAM y APB: Autosuficiencia alimentaria. SAM cuidará que no falten a APB elementos para el abasto.
Séptimo. Un solo cuerpo directivo para SAM y APB.
Décimo quinto. La DG coordinará la interacción SAM-APB para lograr la mayor eficiencia.
Décimo sexto. Dirección comercial.
Décimo séptimo. Dirección de precios de garantía y estímulos.
Décimo octavo. UAF.
- Control, manejo y registro de los recursos financieros de SAM y APB.
Décimo noveno. Dirección jurídica.
Vigésimo. Dirección de Planeación, Evaluación y Proyectos.
Vigésimo primero. Dirección de operaciones.
TRANSITORIOS
Segundo. Las personas servidoras públicas de mandos medios y superiores de APB ejercerán las atribuciones y funciones conforme a su nombramiento previo en SAM.
Cuarto. Lo no modificado continúa vigente.
Quinto. La DG tendrá amplias facultades en la interpretación y cumplimiento del presente estatuto.


