
I. Coordinar las actividades de control financiero, de tesorería, de operaciones de sistemas financieros y de administración;
II. Dirigir lo relacionado con el presupuesto de egresos y la cuenta de la Hacienda Pública Federal;
III. Coordinar la incorporación al Sistema para el Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP), así como los proyectos de inversión y, en su caso, los estudios que correspondan;
IV. Determinar el diseño e instrumentación de los lineamientos para el ejercicio, control y evaluación del gasto, así como proceder al pago de los proveedores;
V. Establecer el diseño e integración del Programa Financiero para someterlo a la aprobación del Director General, a efecto de que lo presente a la consideración y, en su caso, autorización del Consejo de Administración;
VI. Integrar los informes del área para las sesiones del Consejo de Administración;
VII. Elaborar e integrar los estados financieros;
VIII. Coordinar las actividades para la elaboración de los dictámenes de auditoría externa, los estados financieros y de obligaciones fiscales, así como el informe de control financiero;
IX. Asegurar la aplicación de las políticas y procedimientos de facturación, cobranza y control financiero, de la venta de leche y sus derivados, compra de leche y sus derivados, así como de los artículos de la Canasta Básica y de los productos del Programa de Precios de Garantía que involucren ingresos o egresos, que deriven de los procesos productivos vigilando que la cartera se mantenga dentro de parámetros razonables;
X. Determinar los mecanismos de control y de operaciones financieras que aseguren la liquidez financiera para el cumplimiento de los compromisos adquiridos;
XI. Realizar en coordinación con las áreas competentes, todo lo necesario para el establecimiento de las cartas de crédito para cumplir en tiempo con los compromisos originados por la compra de leche nacional o de importación y otros productos;
XII. Asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y cuotas de seguridad social;
XIII. Integrar los informes para atender los requerimientos de los órganos fiscalizadores, así como para solventar las observaciones que resulten de las auditorías, con la participación de la Dirección de Planeación, Evaluación y Proyectos;
XIV. Emitir y, en su caso, autorizar, de acuerdo con las políticas, normas y estrategias definidas por disponibilidad presupuestal para la adquisición de las mercancías de la canasta básica, leche y sus derivados, para su comercialización, por conducto de la Dirección Comercial;
XV. Emitir opinión financiero presupuestal, y conforme a la normatividad aplicable, en relación con los contratos, pedidos y convenios que se celebren con el propósito de adquirir y vender los bienes y productos a comercializar;
XVI. Dirigir el proceso para la autorización de los documentos normativos y de apoyo a la operación interna;
XVII. Elaborar, en coordinación con las áreas competentes, el presupuesto de adquisiciones de los insumos necesarios para la elaboración de la leche en polvo, importada y nacional, así como la leche líquida y sus derivados proveniente de los ganaderos pequeños y medianos y la que deba adquirirse a precio comercial;
XVIII. Asegurar la inclusión de elementos de control interno en los procesos de adquisición, operación y distribución, que protejan el patrimonio y los activos y aseguren la consecución de los objetivos institucionales;
XIX. Realizar todas las acciones inherentes al proceso de control financiero institucional para proponerlo al Director General, así como las actividades relacionadas con la disponibilidad, el manejo y registro de los recursos financieros que permitan cumplir con los objetivos y metas, de conformidad con el objeto social;
XX. Dirigir el diseño, desarrollo e implantación del sistema de indicadores de desempeño, que evalúe el grado de cumplimiento de los objetivos y metas de su área, con la participación de la Dirección de Planeación Evaluación y Proyectos;
XXI. Integrar los informes para atender los requerimientos de los organismos evaluadores, de conformidad con los lineamientos vigentes emitidos por el CONEVAL, con la participación de la Dirección de Planeación, Evaluación y Proyectos;
XXII. Elaborar los informes que cumplan en tiempo y forma con las solicitudes de la Coordinadora de Sector;
XXIII. Establecer los mecanismos de evaluación, seguimiento y control que destaquen la eficacia y eficiencia de los programas, con la participación de la Dirección de Planeación, Evaluación y Proyectos;
XXIV. Brindar oportunamente a las direcciones competentes, la información que se requiera para atender las solicitudes de los entes fiscalizadores, la coordinadora de sector y otras instancias que correspondan;
XXV. Participar y representar en los organismos, dependencias, instituciones y comités que determine y /o designe el Director General;
XXVI. Intervenir en coordinación con la Dirección Comercial y las áreas competentes, en la elaboración del presupuesto de adquisiciones de los bienes que ofrece y comercializa;
XXVII. Proponer al Director General, en coordinación con la Dirección Comercial, los márgenes de utilidad y subsidios;
XXVIII. Aperturar y cancelar cuentas bancarias y líneas de crédito;
XXIX. Realizar de acuerdo a las políticas, normas y estrategias definidas, la adquisición de bienes, insumos y servicios necesarios para la operación y administración de la empresa;
XXX. Las demás que establece el Decreto de creación y ordene el Director General.